Elige el ámbito y la procedencia de las ayudas:
FICHA AYUDA:
Plazo de presentación de solicitudes: desde el 25 de mayo de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2022
Beneficiarios: empresas que realicen la actividad a subvencionar en Navarra y que realicen alguna de las actividades de transformación.
Descripción:
La cuantía máxima de subvenciones a conceder es de 2.000.000€ por planta productiva:
El presupuesto mínimo del proyecto para ser subvencionable, en función del personal de planta productiva (plantilla media de 2021):
CONTACTO:
848 42 61 04 / 848 42 76 60
Ficha ayuda:
Dirigido a:
Pymes que realicen o vayan a realizar alguna de las siguientes actividades:
Descripción:
Serán subvencionables los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales cuya finalidad sea:
Los proyectos de inversión deberán estar ubicados en Navarra y ser ejecutados entre la fecha de solicitud de la ayuda y la fecha de fin de ejecución del proyecto que se señale en la resolución de concesión, que será:
Los proyectos de inversión no causarán ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales, como establece el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).
El presupuesto mínimo del proyecto para ser subvencionable, en función del tamaño de la empresa, es el siguiente:
TAMAÑO DE LA EMPRESA | PRESUPUESTO MÍNIMO |
---|---|
Microempresa | 15.000 euros |
Pequeña | 50.000 euros |
Mediana | 100.000 euros |
El porcentaje de intensidad de ayuda será el siguiente en función del tamaño de la empresa:
TAMAÑO DE LA EMPRESA | INTENSIDAD DE AYUDA (%) |
---|---|
Mediana | 10 |
Pequeña | 18 |
Microempresa | 20 |
El importe de ayuda máxima por empresa beneficiaria será de 1.000.000 euros.
Estas ayudas son compatibles, para los mismos gastos, con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales. En tal caso, serán de aplicación las reglas de acumulación establecidas en el artículo 8 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
Pasos del procedimiento:
Normativa:
Contacto:
Teléfonos: 848 42 13 24 / 848 42 79 15
Correo electrónico: fomentoinversionindustria@navarra.es
Ficha ayuda: https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas/emisionesCO2/Paginas/Index.aspx
Plazo presentación de solicitudes: Desde el 14 de junio hasta el 11 de julio de 2022.
Beneficiarios:
Personas jurídicas del sector privado que realicen una o varias actividades o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados en el Anexo I de las nuevas Directrices, bajo los códigos NACE que se explicitan en el mismo, los cuales se encuentran igualmente incluidos en el Anexo I del Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, por el que se establece el mecanismo de compensación de costes indirectos para los sectores y subsectores industriales a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono durante el periodo 2021-2030 https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-7190
La cuantía máxima de las ayudas que podrán otorgarse al conjunto de todos los beneficiarios será de 244.000.000 euros.
Contacto: uco2dgipyme@mincotur.es
FICHA AYUDA:
Plazo de presentación de solicitudes: desde el 25 de mayo de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2022
Beneficiarios: empresas que realicen la actividad a subvencionar en Navarra y que realicen alguna de las actividades de transformación.
Descripción:
La cuantía máxima de subvenciones a conceder es de 2.000.000€ por planta productiva:
El presupuesto mínimo del proyecto para ser subvencionable, en función del personal de planta productiva (plantilla media de 2021):
CONTACTO:
848 42 61 04 / 848 42 76 60
Ficha ayuda:
Dirigido a:
Pymes que realicen o vayan a realizar alguna de las siguientes actividades:
Descripción:
Serán subvencionables los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales cuya finalidad sea:
Los proyectos de inversión deberán estar ubicados en Navarra y ser ejecutados entre la fecha de solicitud de la ayuda y la fecha de fin de ejecución del proyecto que se señale en la resolución de concesión, que será:
Los proyectos de inversión no causarán ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales, como establece el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).
El presupuesto mínimo del proyecto para ser subvencionable, en función del tamaño de la empresa, es el siguiente:
TAMAÑO DE LA EMPRESA | PRESUPUESTO MÍNIMO |
---|---|
Microempresa | 15.000 euros |
Pequeña | 50.000 euros |
Mediana | 100.000 euros |
El porcentaje de intensidad de ayuda será el siguiente en función del tamaño de la empresa:
TAMAÑO DE LA EMPRESA | INTENSIDAD DE AYUDA (%) |
---|---|
Mediana | 10 |
Pequeña | 18 |
Microempresa | 20 |
El importe de ayuda máxima por empresa beneficiaria será de 1.000.000 euros.
Estas ayudas son compatibles, para los mismos gastos, con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales. En tal caso, serán de aplicación las reglas de acumulación establecidas en el artículo 8 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
Pasos del procedimiento:
Normativa:
Contacto:
Teléfonos: 848 42 13 24 / 848 42 79 15
Correo electrónico: fomentoinversionindustria@navarra.es
Ficha ayuda: https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas/emisionesCO2/Paginas/Index.aspx
Plazo presentación de solicitudes: Desde el 14 de junio hasta el 11 de julio de 2022.
Beneficiarios:
Personas jurídicas del sector privado que realicen una o varias actividades o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados en el Anexo I de las nuevas Directrices, bajo los códigos NACE que se explicitan en el mismo, los cuales se encuentran igualmente incluidos en el Anexo I del Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, por el que se establece el mecanismo de compensación de costes indirectos para los sectores y subsectores industriales a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono durante el periodo 2021-2030 https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-7190
La cuantía máxima de las ayudas que podrán otorgarse al conjunto de todos los beneficiarios será de 244.000.000 euros.
Contacto: uco2dgipyme@mincotur.es